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Ecuador abre proceso de regularización de inmigrantes venezolanos

Ecuador emitió un nuevo decreto ejecutivo para otorgar una amnistía migratoria y establecer un proceso extraordinario de regularización para personas de nacionalidad venezolana, según informó el diario El Universo

Este proceso aplicará para personas en condición de movilidad que realizaron el proceso de Registro de Permanencia Migratoria y cuentan con un certificado caducado y no han obtenido un visado dentro de los anteriores procesos de regularizaciones.

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A través del decreto 370 se dispone al Ministerio del Interior que habilite un proceso extraordinario de registro de permanencia migratoria para la renovación del Certificado de Registro de Permanencia Migratoria y la expedición de la respectiva autorización de permanencia en el país, que estará vigente hasta la fecha en la cual concluye el proceso extraordinario dispuesto en el presente Decreto Ejecutivo.

Durante este tiempo, las personas de nacionalidad venezolana en situación de movilidad humana y su grupo familiar podrán acceder a una Visa de Residencia Temporal de Excepción VIRTE II.

Para esto, el Ministerio del Interior emitirá la normativa secundaria para el cumplimento de esta disposición.

Registro de Permanencia Migratoria activado

Así que los beneficiarios deben haber realizado el proceso de Registro de Permanencia Migratoria activado en junio de 2022, contar con el certificado aunque esté caducado y no haber obtenido el Visado de Residencia Temporal de Excepción (Virte II), emitido en un anterior proceso de legalización de migrantes venezolanos.

El Ministerio del Interior ecuatoriano deberá renovar los certificados y las autorizaciones de permanencia, con el fin de avalar que los beneficiarios puedan acceder al visado Virte II renovado.

El proceso de regularización tendrá una duración de ocho meses, el formulario de la solicitud para el registro será gratuito, pero los migrantes venezolanos deberán cubrir el valor del visado y de la cédula de ciudadanía (carné de identidad) emitido por la entidad respectiva, señala el decreto ejecutivo.

Reglamento del proceso de regularización extraordinario

El decreto detalla que las personas de nacionalidad venezolana en situación de movilidad humana, y su grupo familiar, podrán obtener una Virte II, siempre y cuando hayan pasado por los procesos de registro previos y no sean “considerados una amenaza” para el país.

Con información Alberto News/El Diario

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