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Desestiman «suspensión provisional» contra el presidente Gustavo Petro por falta de validez jurídica


Una fuerte controversia jurídica y política se desató en Colombia luego de que la congresista Gloria Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, emitiera una orden de «suspensión provisional» hasta el 21 de junio contra el presidente de la República, Gustavo Petro. La medida se dio en el marco de una investigación contra el mandatario por presunto «intervencionismo electoral» de cara a las próximas elecciones presidenciales.

Sin embargo, la efectividad de la orden fue desestimada de inmediato por el Ejecutivo, expresidentes del Congreso y miembros de la propia comisión, quienes aclararon que la Cámara Baja carece de facultades constitucionales para suspender a un jefe de Estado en ejercicio, por lo que Petro se mantiene plenamente en sus funciones ejecutivas.

El ABC constitucional: ¿Por qué la orden no tiene validez?

El ordenamiento jurídico de Colombia establece de forma estricta las competencias para investigar y juzgar a un mandatario, dividiendo el proceso en tres instancias donde la Cámara de Representantes nunca tiene la última palabra:

La Comisión de Acusación: Funciona exclusivamente como un órgano de instrucción (investigación). Su papel se limita a recopilar pruebas y, de hallar méritos, proponer una acusación ante la plenaria de la Cámara.

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La Cámara de Representantes: Actúa únicamente como el ente acusador del proceso.

El Senado de la República: Es la única instancia con la potestad constitucional para sancionar o suspender al presidente de la República, siempre y cuando haya admitido previamente la acusación formal enviada por la Cámara.

Rechazo unánime sobre «suspensión provisional» contra Gustavo Petro

El ministro del Interior, Armando Benedetti, lideró la respuesta del Gobierno Nacional al calificar la medida como un exabrupto legal. «En derecho no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción», manifestó, rechazando que se pretenda alterar el orden institucional por «la voluntad de una sola representante».

En el ámbito legislativo, el expresidente del Senado, Roy Barreras, ratificó que el anuncio de Arizabaleta no tiene ningún peso legal.

Asimismo, el congresista Alejandro Ocampo, miembro de la misma comisión investigadora, aclaró públicamente que el órgano no ha tomado ninguna decisión colegiada. «El presidente Petro sigue en funciones y el tema ni siquiera se tiene pensado discutirlo», enfatizó Ocampo.

El origen de la denuncia

La presidenta de la comisión argumentaba que la permanencia de Gustavo Petro en el cargo podría posibilitar una «interferencia en el trámite de la investigación», justificando la suspensión preventiva debido a que la participación política de un funcionario público está tipificada en el país como una falta gravísima. No obstante, al tratarse de una postura unilateral que vulnera el debido proceso constitucional, la medida fue considerada unánimemente como un anuncio sin efectos jurídicos reales.

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