Con la llegada de Román Maniglia a la Superintendencia Nacional Aduanera y Tributaria (Seniat), el organismo ha anunciado una serie de cambios que incluyen la eliminación del vencimiento del Registro de Información Fiscal (RIF), la suspensión de la exigencia práctica de la cartelera fiscal y nuevos procesos de digitalización en materia tributaria.
Las medidas apuntan a simplificar trámites para personas naturales, empresas y comercios, aunque varias de ellas todavía requieren mayor precisión sobre su alcance y los mecanismos técnicos para su aplicación.
Maniglia fue designado superintendente nacional aduanero y tributario en julio, en sustitución de José David Cabello, quien pasó a presidir Pequiven. Entre las líneas de trabajo planteadas por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, están la digitalización del sistema tributario, el fortalecimiento de la recaudación y la disciplina fiscal.
En ese contexto, Maniglia ha asegurado que se trabaja en la construcción de un sistema tributario “más simple, digital y transparente”, con el propósito de facilitar los procesos a los actores de la actividad comercial y hacer más eficiente la gestión recaudadora.
Reunión con Cashea
Como parte de esta agenda de modernización, el superintendente sostuvo una reunión con el CEO de Cashea, Pedro Vallenilla Sosa. El encuentro estuvo centrado en la automatización, digitalización y modernización tributaria, así como en la articulación con actores del ecosistema financiero y comercial.
Maniglia indicó que el modelo de “compra ahora, paga después”, conocido como BNPL por sus siglas en inglés y utilizado por Cashea, ha tenido una amplia adopción en el comercio venezolano. Sin embargo, hasta ahora no se ha revelado si este encuentro traerá beneficios para los venezolanos o si por el contrario, es una forma de integrar a los ciudadanos en el sistema tributario venezolano
RIF sin vencimiento
“No más RIF vencido”, fue la expresión utilizada por Delcy Rodríguez para anunciar la eliminación de la fecha de caducidad del Registro de Información Fiscal.
La reforma establece que el RIF tendrá vigencia indefinida tanto para personas naturales como jurídicas. Por lo tanto, los contribuyentes ya no deberán renovarlo solo porque aparezca una fecha de vencimiento en el documento.
La modificación quedó contemplada en la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial N.° 43.435, de fecha 12 de agosto de 2026. Los procesos de inscripción y actualización del RIF deberán realizarse por medios electrónicos habilitados por el Seniat.
No obstante, el registro debe actualizarse cuando se produzcan cambios en datos relevantes del contribuyente, entre ellos:
- Domicilio fiscal.
- Razón social.
- Representantes legales.
- Accionistas.
- Actividad económica.
- Establecimientos.
- Condición tributaria.
Aunque desaparece la fecha de vencimiento, el RIF debe seguir siendo consignado o identificado en documentos y trámites donde la normativa tributaria lo exija, como facturas, contratos, solicitudes ante organismos públicos, libros contables y otros soportes comerciales.
Cartelera fiscal: eliminación inmediata, pero con límites legales
Delcy Rodríguez ordenó a organismos nacionales, regionales y municipales dejar de exigir a comercios la exhibición física de documentos, permisos o requisitos en carteleras.
“Se acabó la historia de la cartelera”, afirmó Rodríguez sobre una práctica que durante años generó cargas administrativas y sanciones para pequeños, medianos y grandes negocios.
En el caso del Seniat, la Circular SNAT/2026/4610, emitida el 30 de julio, instruyó a los funcionarios a suspender temporalmente la revisión, comprobación, inspección y sanción relacionada con la exhibición de documentos tributarios en la cartelera fiscal durante procedimientos de fiscalización y verificación.
Esto significa que, mientras se mantenga la instrucción, los fiscales del Seniat no pueden exigir ni sancionar por la falta del comprobante del RIF, la última declaración de ISLR u otros documentos tributarios visibles en el establecimiento. Sin embargo, la circular es una instrucción interna del organismo y no equivale a la derogación de todas las normas legales que sustentan esos deberes formales.
Por esa razón, la eliminación opera de manera práctica e inmediata en las fiscalizaciones del Seniat, pero todavía se esperan precisiones oficiales sobre el alcance definitivo de la medida y su aplicación frente a otros organismos.
La reacción pública disponible del sector comercial ha sido favorable, o al menos así lo ha señalado Maniglia, quien aseguró que la eliminación de la cartelera fiscal fue recibida “con buen ánimo” por comerciantes y empresas, al considerarse un paso para reducir burocracia y avanzar en la digitalización tributaria.
La cartelera fiscal era un requisito físico exigido a comercios para exhibir documentación tributaria dentro de sus establecimientos. Según el discurso oficial, el cambio busca sustituir controles basados en papeles visibles por mecanismos de automatización, digitalización e interconexión de datos.
Conexión entre Seniat y Saren
El gobierno también anunció una próxima interconexión entre el Seniat y el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), para que los datos de trámites registrales se incorporen automáticamente al sistema tributario.
“Cuando se haga un trámite en el Saren, inmediatamente se incorpora a Seniat”, explicó Delcy Rodríguez al referirse a la medida.
La intención es evitar que ciudadanos y empresas consignen en distintas instituciones información que ya maneja el Estado. Sin embargo, aún no se han divulgado los detalles técnicos del sistema, los trámites que estarán incluidos ni una fecha oficial para el inicio de esta conexión.
Derogación de reglas para facturación
Otra de las medidas anunciadas fue la derogación de la Providencia Administrativa SNAT/2024/000121, que regulaba las condiciones y requisitos para proveedores de sistemas informáticos utilizados en la emisión de facturas y otros documentos fiscales.
La derogación quedó establecida en la Providencia Administrativa SNAT/2026/00084, publicada en la Gaceta Oficial N.° 43.435 del 12 de agosto de 2026. Con esta norma quedó sin efecto el esquema que exigía parámetros técnicos y operativos a proveedores de software fiscal, incluidos los sistemas homologados para la facturación electrónica.
Sobre este cambio, Maniglia señaló que se busca eliminar una “barrera técnica” que podía dificultar el proceso de formalización. La providencia derogada exigía homologación y condiciones específicas a los proveedores de sistemas informáticos para la emisión de facturas y otros documentos fiscales.
Sin embargo, el Seniat todavía no ha informado qué normativa sustituirá las exigencias anteriores ni cómo supervisará en adelante los programas utilizados por empresas y contribuyentes para emitir sus facturas.
Pendientes de regulación
Los anuncios del Seniat representan un cambio importante en la forma en que se desarrollan varios trámites tributarios en Venezuela. No obstante, aún falta conocer normas, instructivos y detalles técnicos sobre el alcance definitivo de la eliminación de la cartelera fiscal, la conexión entre el Seniat y el Saren, así como los nuevos parámetros para los sistemas de facturación.
Por ahora, las medidas avanzan entre providencias ya publicadas, anuncios presidenciales y procesos de implementación. El alcance real para comerciantes, empresas y contribuyentes dependerá de la información que divulgue el organismo en las próximas semanas.
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