Según Gaceta Oficial, el Banco Centra de Venezuela (BCV) bajó el coeficiente de encaje legal de 93% al 85%.
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Bajo la Resolución 21-01-01 se dicta que la posición de encaje será calculada por el BCV semanalmente y debe constituirse en moneda de curso legal.
El cálculo, reporte y control del encaje en moneda extranjera se efectuará de forma separada y el encaje mínimo será de 31% del monto total de las obligaciones netas.

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