Los niños, niñas y adolescentes venezolanos que se encuentran en Colombia sin el acompañamiento de sus padres o que estén bajo el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derecho (PARD) o el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), podrán cobijarse bajo el Estatuto Temporal de Protección.
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Migración Colombia hará prioridad en los casos de mayor vulnerabilidad.
Para estos niños el proceso de registro arranca el 5 de mayo de 2021 y estará habilitado durante toda la vigencia del Estatuto.
Es decir, hasta el 30 de mayo de 2031.
¿Cómo se hará el proceso?
Aquí te explicaremos los pasos a seguir.
Primero: completar el Pre-Registro Virtual
- El Pre-Registro Virtual debe ser diligenciado por el adulto responsable de su cuidado o la autoridad administrativa designada. Para quienes estén separados de sus padres, pero en compañía de otros miembros adultos de su familia o de adultos responsables de su cuidado, además de los documentos de identidad (cédula, pasaporte o PEP), se presentará el documento en original o copia donde se le otorgue el cuidado o la custodia al miembro adulto de la familia o al adulto responsable.
Destaca el documento, que aquellos responsables de los menores que no puedan aportar los documentos de identidad.
O el documento que le otorga el cuidado o la custodia del niño debe en el Pre-Registro Virtual.
Dar las razones por las cuales no pueden aportar dichos documentos, para que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia defina las acciones a seguir.
- Para el pre-registro de los menores de edad que están bajo el proceso de restablecimiento de derechos o privados de libertad.La autoridad administrativa competente solo debe aportar el auto de apertura del PARD o la providencia de la medida de internamiento preventivo o sanción que impuso la autoridad judicial.
Lo segundo: el registro biométrico presencial
- Para cumplir con este paso, el adulto o la autoridad administrativa responsable del menor debe acudir al punto dispuesto por Migración Colombia el día y la hora señalada para el registro presencial.
- Para aquellos adolescentes y jóvenes que se encuentren en el sistema penal cumpliendo una medida o sanción privativa de la libertad y para los niños, niñas y adolescentes con restablecimiento de derechos, se coordinará entre la Autoridad Migratoria y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para acudir al Registro Biométrico Presencial.
Cuando se otorga el Permiso por Protección Temporal (PPT), esto es lo que se debe cumplir:
- Presentar el documento aportado en el Pre-Registro además del documento que otorga el cuidado o la custodia al mencionado adulto.
- Los niños, niñas y adolescentes en proceso de restablecimiento de derechos y bajo el sistema de responsabilidad penal, la entrega del PPT se realizará a la autoridad administrativa competente o alguno de los miembros del equipo psicosocial presentado la apertura del PARD o la providencia de la medida de internamiento preventivo o sanción que impuso la autoridad judicial.
Con información de: La Opinión
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