Opinión

Feminicidio|La máxima expresión de violencia de género

Este delito es considerado como la máxima y la más brutal expresión de violencia de género, por razón de que el hombre asesina a la mujer por discriminación, odio, rencor y por el simple hecho de ser mujer. En estos casos puede existir o no una relación entre la víctima y el victimario. Generalmente inicia con violencia psicológica hasta llegar a la física y finalmente con el resultado que espera el agresor: quitarle la vida a la fémina.

Por Marco Fernández

Según Diana Rusell y Jill Radford (2009) el término femicidio “es un conjunto de hechos de lesa humanidad que abarcan los crímenes y desapariciones. Refiere la muerte evitable de mujeres o las acciones a la fuerza contra ellas para generar conductas que habitualmente no son tenidas en cuenta”. 

Por tal razón, la Fiscal General del Ministerio Público de Venezuela, Dra. Luisa Ortega Díaz, en el año (2014) refiere que: “La tipificación del delito de femicidio, como delito autónomo de la ley Orgánica sobre el Derechos de la Mujeres a una vida libre de Violencia, que rige la materia para que sea investigado conforme a las pautas del procedimiento especiales en materia de género y así erradicar la idea de que los asesinatos de mujeres perpetrado por su pareja son “Crímenes Pasionales”.

De acuerdo a estos hechos, países de América Latina, tales como; Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Dominicana, Uruguay y Venezuela, penalizan el delito de femicidio/feminicidio, con el objeto de brindar mayor seguridad y protección a cada una de esas mujeres que no saben si despertaran con vida al día siguiente.

Sin embargo, la definición ha variado de acuerdo a la propia transformación del fenómeno y con el debate de amplios grupos de activistas, Operadores de Justicia, Fiscales del Ministerio Público, docentes académicas de investigación, criminológicos, psicólogos, criminalísticas y defensores de los derechos Humanos de las mujeres, entre otros con conocimiento en el área de Violencia de Género.

Este es un delito en el que el sistema de Justicia penal, nacional como internacional debe investigar este tipo de delitos penales, no visto a la mujer como un objeto de investigación, sino como un sujeto de derecho, con esencia de mujer y con perspectiva de género, a objeto de evitar la impunidad, la revictimizaciòn y lograr acceso a la Justicia.

“Toda investigación que se realice en materia de Violencia de Género Femicidio/Feminicidio debe ser con perspectiva de género, para así preserva la esencia de la misma, evitar la impunidad, la revictimizaciòn y tener acceso a la justicia”.  


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