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TSJ: Suspenden impuestos estatales y municipales por 90 días

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de cualquier tipo de tasa o contribución tributaria dictada por los organismos o mandatarios, tanto municipales como estatales por un lapso de 90 días.

Esta medida abarca todos los decretos o acciones administrativas determinadas por alcaldes o gobernadores en todo el país, y le concederá la potestad al vicepresidente de Economía, Tareck El Aissami, junto a gobernadores y alcaldes, establecer una mesa técnica en el que se coordinen parámetros para determinar cómo se implementarán los tributos en las entidades del país.

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«Ordena al ciudadano Tareck El Aissami, vicepresidente Sectorial del Área Económica y ministro de Industrias y Producción para que, junto con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, conforme una mesa técnica a fin de coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria, en particular, para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos», indica la sentencia.

En este sentido, instan a esta mesa técnica a entregar un informe en el que incluyan las acciones a tomar para dar cumplimiento a la sentencia, mientras que recuerdan que deben acatar el artículo 316 de la Constitución, para «garantizar» que las entidades político-territoriales no excedan los lineamientos de la constitución.

Para la Sala Constitucional, la aplicación de esta sentencia permitiría armonizar el ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios, así como «homogeneizar» los tipos impositivos y los procedimientos tributarios.

«Los contribuyentes que realizan su actividad económica en diferentes entidades político-territoriales, tendrán un mínimo de certeza sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales que genera su actividad productiva», razonan.

El año pasado el TSJ había intervenido para despojar a la alcaldía de Chacao su potestad tributaria, aplicada para cobrar impuestos con tasas y tarifas en dólares, según el cambio de referencia establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Con información de: Tal Cual


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