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TSJ en el exilio: Extradición de Alex Saab no requiere tratado bilateral

Juristas y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio señalaron este jueves que la ausencia de un tratado de extradición entre Cabo Verde y Estados Unidos no impide la extradición del colombiano Alex Saab, solicitado por una corte del sur de Florida por lavado de dinero.

El magistrado Pedro Troconis subrayó que ese acuerdo es suplido por la Convención de Palermo (2000), instrumento del ámbito de Naciones Unidas para lidiar con el crimen organizado transnacional, que tanto Estados Unidos como Cabo Verde ratificaron en 2005 y 2004,

La extradición de Saab, detenida el 12 de junio en el país africano, fue autorizada el 14 de julio por la justicia de Cabo Verde, pero apelada por la defensa.

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Troconis recalcó durante una videoconferencia que el blanqueo está contemplado en el tratado de Palermo, que “prevalece” sobre otros acuerdos.

Los magistrados y juristas sostuvieron una reunión por videoconferencia desde varios países para analizar la situación jurídica del empresario colombiano.

“Cooperación internacional”

Los magistrados en el exilio consideraron que la extradición está acorde con las normas internacionales y especialmente con los principios de “reciprocidad” entre países y la “cooperación internacional”.

El jurista Juan Carlos Gutiérrez señaló por su parte que Saab no se puede amparar en ninguna clase de inmunidad diplomática como “enviado especial de Venezuela” porque ese “carácter” no lo otorga el país de partida sino el que lo recibe, en este caso Cabo Verde, que además, dijo, era una nación de paso del colombiano.

Con información de: El Nacional


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