Nacional

SE ACABÓ LA MATRACA | Personas podrán grabar procedimientos policiales

Una resolución conjunta entre el Ministerio para la Defensa y el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz de Venezuela aprobó que las personas puedan grabar los procedimientos que ocurren en los puntos de control de funcionarios de seguridad del Estado.

Esto según lo tipificado en la Resolución firmada con fecha del 7 de septiembre.

Las Personas podrán grabar procedimientos a que sean sometidos en puntos de control y no podrán ser despojados de sus teléfonos móviles.

Leer más Aerolínea Wingo reanudará vuelos entre Bogotá y Caracas en octubre

“Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el puntos de control, ni a borrar su contenido” así lo expresa el Artículo 20 de dicha resolución.

En el documento también explicaron que la retención de documentación y pertenencias, incluyendo equipos de telefonía, “únicamente podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente aplicable que así lo establezca”.

Supervisión y Contraloría de la Actuación Policial Artículo 20

Establece el decreto que los funcionarios y funcionarias del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo, debidamente autorizados por el órgano respectivo, podrán estar presentes en los puntos de control fijos o móviles, con la finalidad de velar por el correcto funcionamiento de este dispositivo de seguridad.

Cada órgano de seguridad ciudadana, cuerpo de seguridad del Estado o la Fuerza Armada Nacional Bolivariana a través del Sistema Defensivo Territorial, deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad, registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismos; y designando una autoridad específica responsable por ello.

Únete a nuestro canal de noticias sin censura

Las organizaciones del poder popular y especialmente los comités de contraloría social policial, en el marco del ejercicio de la contraloría social, podrán realizar observación del funcionamiento y servido prestado en los puntos de control y formular recomendaciones o denuncias. Los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser compelidos a no hacerlo.

Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido.

Siga leyendo


Visítanos en Twitter e Instagram

Comentarios