El artículo 21 de la reciente Ley Simón Bolívar, aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional, estipula la revocación de concesiones y multas contra los medios de comunicación radiales, televisivos, impresos, digitales y en redes sociales, que promuevan las sanciones contra Venezuela.
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Los medios no podrán difundir «publicidad, propaganda o mensajes promoviendo la imposición de medidas coercitivas unilaterales u otras medidas restrictivas o punitivas que afecten a la República Bolivariana de Venezuela, serán sancionados con la revocatoria de la concesión y multa por la cantidad en bolívares equivalente a entre 100,000 y 1,000,000 de veces, el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela de conformidad con lo previsto en la ley especial que regula la materia en el caso».
En el caso especifico de medios impresos, electrónicos y redes sociales, las multas serán en bolívares y equivalentes a entre 100,000 y 1,000,000 de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel y el Ministerio de Interior y Justicia, en conformidad la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, serán los entes encargados de aplicar las acciones a los medios de comunicación.
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