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Conozca los nuevos límites máximos de las comisiones bancarias

El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó en la Gaceta Oficial Nº 43.231, de fecha 9 de octubre de 2025, el aviso oficial mediante el cual informa a las instituciones bancarias, a las Casas de Cambio y a los proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta, los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar por las operaciones y actividades.

La normativa destacó que el límite máximo de comisión, tarifa o recargo para la emisión de libreta, a partir de la segunda al año, es de Bs. 8, mientras que las consultas en cajeros automáticos con tarjeta de débito de cuenta en el mismo banco o de otras instituciones financieras es de Bs. 8.

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Es importante precisar que desde el año 2022, no se actualizaba los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que cobran por las operaciones y actividades.

Con este nuevo aviso, el Banco Central de Venezuela sustituye el aviso emitido el 7 de noviembre de 2022.

Las operaciones de consumo por medio de tarjetas de débito y prepagadas en el exterior, continuarán con el cobro de 1,50% del monto de la transacción.

Los montos para para las casas de cambio en la nación caribeña, se mantendrá como está establecido en la resolución del año 2022.

A continuación, algunas de las tarifas actualizadas por el Banco Central de Venezuela:

Para transacciones en bolívares

  • – Emisión de estados de cuenta para cuentas corrientes en bolívares de personas naturales: Bs. 8.
  • – Avances de efectivo en puntos de venta con tarjetas de débito: Bs. 8.
  • – Retiro en cajero de otro banco: 5% del monto retirado.
  • – Retiro en cajero del mismo banco: 3% del monto retirado
  • – Emisión de tarjeta de crédito titular: Bs. 491.
  • – Transferencias: Bs. 8.

Para servicio pago móvil interbancario

  • – Transacciones aprobadas persona a persona: Hasta el 0,30% del monto del pago, con una comisión mínima de Bs. 2.
  • – Transacciones rechazadas o reversadas persona a persona: Por cada operación Bs. 2.
  • – Transacciones aprobadas persona a comercio: Hasta el 1,5% del monto del pago, con una comisión mínima de Bs. 2.
  • – Transacciones rechazadas o reversadas persona a comercio: Por cada operación Bs. 2.
  • – Transacciones aprobadas comercio a persona: Hasta el 2% del monto del pago, con una comisión mínima de Bs. 2.
  • – Transacciones rechazadas o reversadas comercio a persona: Por cada operación Bs. 2.

Para transacciones en moneda extranjera

  • – Documento de cobranza recibido del exterior: 0,50% del monto del documento recibido en cobranza.
  • – Documento de cobranza enviado al exterior: 0,50% del monto del documento recibido en cobranza.
  • – Venta de Moneda Extranjera al público: 0,50% del monto de cada operación.
  • – Operaciones de consumo mediante tarjetas de débito y prepagadas en el exterior: 1,50% del monto de la operación.
  • – Operaciones compra – venta de títulos valores denominados en moneda extranjera: 1% del monto de la operación.
  • – Transferencias internacionales enviadas (América): 21 euros o su equivalente en la divisa de la operación.
  • – Transferencias internacionales enviadas (Europa y resto del mundo): 30 euros o su equivalente en la divisa de la operación.

Casas de cambio

  • – Recepción o envío de remesas electrónicas de monedas extranjeras a través de transferencias internacionales, terminales bancarios o botones de pago: 4% sobre el monto en moneda nacional calculado al tipo de cambio de la operación, con un mínimo equivalente a 2 euros.
  • – Compra – venta de monedas extranjeras vía transferencia electrónica en oficinas: 1% del monto de la operación en moneda nacional.
  • – Venta de monedas extranjeras en efectivo realizada por personas naturales y jurídicas en oficinas: Sin comisión.
  • – Compra de monedas extranjeras en efectivo realizada por personas naturales y jurídicas en oficinas: 5% del monto de la operación pagadero en moneda nacional calculado al tipo de cambio de la operación.

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