Opinión

Autonomía del feminicidio

EL 3 de mayo de 2017 la estudiante mexicana Lesvy Berlín Rivera Osorio, de 22 años de edad, fue asesinada dentro de la Universidad Autónoma por su pareja, Jorge Luis Hernández González, quien dejó su cuerpo junto a una cabina telefónica.

Por: Marco Fernández Leal

Las autoridades afirmaron en un principio que se trataba de un suicidio, después alegaron que fue homicidio y finalmente, gracias a los movimientos activista feminista y la ayuda técnica profesional de su abogada, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, sentenció y calificó como un feminicidio, tras dos años y cinco meses de intensas protestas que presionaron a los tribunales a actuar.

Las protestas presionaron a las autoridades. Finalmente el asesino fue condenado a 45 años de cárcel.

En este caso, se observan dos elementos importantes. El primero refiere que las autoridades competentes no hicieron lo correspondiente para aclarar la muerte violenta de esta mujer, que padecía signos de violencia de género, tales como lesiones en la cara y la exposición de su cuerpo al espacio público. Además, no se tomó en consideración que la última persona con quien mantuvo comunicación fue su cónyuge. También se evidencia la individualización de la naturaleza jurídica de este tipo penal. Esto conllevándolo a evitar la impunidad, la victimización y la obtención al acceso de la justicia.

La autonomía del tipo penal nace sola, se concibe con el mismo hecho delictivo, y lo particularizan los sujetos que intervienen, las condiciones de odio, desprecio o discriminación por el simple hecho de ser mujer. La autonomía del delito se da a efecto de evitar confusión, con hechos similares, y así el fiscal pueda precisar elementos sustentables para solicitar una calificación correcta y el juez decida acorde a las pruebas presentadas, teniendo en cuenta la perspectiva de género.

La familia de las víctimas de Femicidio/Feminicidio, abogados y especialistas de las Ciencias Penales y Criminológica, conjuntamente con el fiscal, buscan que dichos casos sean juzgados con perspectiva de género y evitar que el femicida/feminicida reciba una pena menor, sino, que sea, sentenciado acorde al daño causado y cumpla con las penas establecidas.

Marco Fernández

Abogado / Profesor universitario


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