Sucesos

A LA CÁRCEL |Madre y padrastro mantenían encadenado a niño de 12 años en Anzoátegui

El Ministerio Público informó la detención de dos ciudadanos que mantuvieron a un niño de 12 años encadenado a una cama en el estado Anzoátegui.

A través de la cuenta en Twitter del fiscal general, Tarek William Saab, se conoció que los detenidos son la madre y el padrastro del menor. Los mismos dejaban al niño en dichas condiciones inhumanas, aunque no se conocen mayores detalles.

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El hecho ocurrió en Pariaguán, donde el Ministerio Público puso a los agresores a la orden de la Fiscalía 12 para su posterior imputación.

El delito por el que se les imputa a ambos sujetos es el de Trato Cruel Agravado, establecido en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) en sus artículos 254 y 217.

Los artículos de la Lopnna que menciona la Fiscalía son:

ART 254: «Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad, Responsabilidad de Crianza o vigilancia a trato cruel o maltrato, mediante vejación física o síquica, será penado o penada con prisión de uno a tres años. Siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o psicológico».

Asimismo, agrega que «en la misma pena incurrirá el padre, madre, representante o responsable que actúe con negligencia u omisión en el ejercicio de su Responsabilidad de Crianza y ocasionen al niño, niña o adolescente perjuicios físicos o psicológicos».

ART 217: «Constituye circunstancia agravante de todo hecho punible, a los efectos del cálculo de la pena, que la víctima sea niño, niña o adolescente».

«Quedan excluidos de esta disposición el autor o la autora o los autores o las autoras del hecho punible que sean: niño o niños, niña o niñas, adolescente o adolescentes».

Con información de El Nacional

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