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Gobierno español rechazó la orden de arresto contra Edmundo González +vídeo

El Gobierno español rechazó este martes la solicitud de arresto emitida por las autoridades judiciales de Venezuela contra Edmundo González, acusado de usurpación, falsificación y conspiración.

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Durante una rueda de prensa en La Moncloa, Pilar Alegría, ministra de Educación y portavoz del Gobierno de Pedro Sánchez, afirmó que España defiende la libertad de expresión y el derecho a la manifestación de todos los venezolanos, especialmente de los líderes de la oposición.

«Rechazamos cualquier intento de cercenar sus derechos fundamentales», subrayó.

El excandidato presidencial Edmundo González Urrutia se enfrenta a una orden de aprehensión emitida por la Fiscalía de Venezuela el lunes, luego de que este no respondiera a tres citaciones para testificar sobre las actas electorales de la oposición.

¿De qué se le acusa?

El fiscal general Tarek William Saab reiteró los cargos contra el exdiplomático por presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, forjamiento de documento público, conspiración, desobediencia de leyes, sabotaje a daños de sistema, asociación y financiamiento al terrorismo.

La medida fue aprobada por el juez principal primero de primera instancia en funciones de control, con competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo. “Se solicita orden de aprehensión en contra del ciudadano: Edmundo González Urrutia (…) por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones; previsto y sancionado en el artículo 213”, detalló.

El tribunal notificó al comisario general de la división de búsqueda y captura de organizaciones criminales del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) sobre la orden de aprehensión tras solicitud de la Fiscalía Quincuagésima Octava del Ministerio Público.

“Hago de su conocimiento que una vez realizada la aprehensión del prenombrado ciudadano deberá ponerlo inmediatamente a disposición del Ministerio Público, quien a su vez deberá presentarlo ante este Órgano Jurisdiccional dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su aprehensión, previa notificación al Ministerio Público, a los fines de realizarse la audiencia oral en presencia de las partes y resolver lo conducente, a tenor de lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 236 idibem”, reza el texto.

Con información de EFE

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