El Tribunal Supremo de Justicia, reunido en Sala Constitucional, ordenó que se libren las ordenes de aprehensión contra 11 funcionarios policiales acusados de cometer un homicidio.
Estos agentes estaban en libertad desde el 14 de abril de 2021 por órdenes de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Zulia. El 10 de junio de ese mismo año 2021 el Ministerio Público manifestó su rechazo a esa decisión de la Corte de Apelaciones y así lo dejó escrito en una acción de amparo interpuesta en esa fecha ante la Sala Constitucional.
La respuesta de los magistrados vino cuatro años después a través de la sentencia 1302 de la Sala Constitucional publicada el pasado 6 de agosto. Mediante tal sentencia, la Sala anuló la decisión de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Zulia que dejó en libertad a los 11 policías. Y en consecuencia, ordenó al tribunal que conoce del referido expediente, librar las correspondientes ordenes de aprehensión contra los 11 funcionarios policiales.
Los hechos por los cuales están procesados penalmente los uniformados, ocurrieron el lunes 8 de marzo de 2021 cuando Nancy Terán salió de su vivienda ubicada en el municipio San Francisco (Zulia) en compañía de su hijo Jhonny Boscan (21) quien conducía el Chevrolet Aveo. Llegaron a la panadería Estrella de Maracaibo ubicada en el sector La Coromoto. Su hijo quedó en el vehículo mientras ella hacía las compras. Pero a la señora se le olvidó la clave de la tarjeta electrónica, por lo que regresó al carro para preguntarle a su hijo. Nancy no encontró ni al vehículo ni a su hijo, por lo que entró en desespero hasta avisarle a su esposo lo acontecido.
Ante esa situación, Nancy preguntó a los clientes que se encontraban en los alrededores de la panadería, quienes le dijeron que varios hombres vestidos de negro y portando armas de fuego llegaron al carro donde estaba su hijo, lo sacaron a la fuerza, lo metieron en otro vehículo y marcharon. Parte de ese procedimiento quedó grabado por cámaras de emergencia del servicio 911.
Posteriormente le informaron al papá del muchacho que éste había muerto durante un enfrentamiento policial.
El Ministerio Público inició las averiguaciones que condujeron a la detención de los 11 funcionarios policiales implicados en el hecho, los cuales fueron imputados el 12 de marzo de 2021 ante el Tribunal 20 de Control del Zulia que les decretó privativa de libertad.
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La investigación arrojó que el detenido fue «tratado cruelmente” tal como prueba la necropcia legal. Y el hecho de haberle disparado a la víctima fue una conducta «indiscutiblemente dolosa’’, según lo apreciado por los representantes del Ministerio Público, quienes igualmente detectaron que los policías presentaron el hecho como un enfrentamiento.
En razón de ello, el Ministerio Público le imputó a los funcionarios simulación de hecho punible, homicidio calificado, trato cruel y uso indebido de arma orgánica.
Una vez imputados los funcionarios, al mes siguiente, es decir, 14 de abril de 2021, la Corte de Apelaciones de Zulia les otorgó una medida cautelar que los dejó en libertad. Para ello, los tres jueces de la Corte determinaron que los funcionarios actuaron en el marco de un enfrentamiento con la persona que resultó muerta.
Es por ello que el Ministerio Público, representado en los fiscales María Ginette Córdova Lum Fatt, Freddy Reyes y Adrianny Ramos, interpusieron la acción de amparo toda vez que consideran que «otorgar la libertad restringida o no, a las personas encausadas por este tipo de hechos, puede conllevar a la impunidad, puesto que tendrían la posibilidad de ausentarse definitivamente del proceso».
Al analizar el asunto, los magistrados notaron que los integrantes de Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Zulia actuaron como si ellos constituyeran un tribunal de juicio, al entrar a valorar las pruebas recabadas para establecer la culpabilidad o inocencia de un imputado.
Con información de Últimas Noticias.
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