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TSJ anula cobros y decretos regionales que encarecían el tránsito de contenedores en La Guaira y Carabobo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dejó sin efecto una serie de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales que impactaban el tránsito de contenedores y la operación logística en los corredores aduaneros de La Guaira y Carabobo, las arterias comerciales más importantes del país.

Bajo la ponencia de la magistrada Tania D’Amelio Cardiet, el fallo elimina de forma inmediata y sin excepciones la aplicación de estas tarifas a la mercancía movilizada en ambas jurisdicciones.

Aspectos clave de la decisión judicial

De acuerdo con la Sentencia N° 0931, las medidas adoptadas se desglosan de la siguiente manera:

  • Aduana de La Guaira: Se suprime el cobro del denominado «Aporte Social» a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A., aplicado al uso superficial y traslado terrestre de contenedores (Decreto Ejecutivo N° 037-2020). Asimismo, se suspendió el artículo 8 del Decreto N° 041-2020, referente a cobros y protocolos de bioseguridad regionales en puertos, aeropuertos y carga.
  • Corredor Aduanero de Carabobo: Se suspendieron los artículos 10 y 11 del Decreto N° 355 (2026) de la Gobernación. A su vez, quedaron sin efecto las alianzas estratégicas y comerciales suscrita con las empresas G & G SAFE SERVICE, C.A. y OCEAN CARIBEAN LOGISTICS SERVICE, C.A., junto con los avisos oficiales vinculados.

Impacto positivo en la economía y el comercio exterior

Esta sentencia marca un hito para la dinámica comercial del país al generar beneficios directos sobre la cadena de suministros:

  1. Agilización logística e integración nacional: Elimina alcabalas administrativas, esquemas de exclusividad y sobrecostos en el transporte terrestre de mercancía desde los puertos de La Guaira y Puerto Cabello, reduciendo los tiempos de despacho.
  2. Reducción del landed cost y freno a la inflación: Al remover tasas regionales intermedias, disminuye directamente el costo total de importación, aliviando la presión sobre los precios finales de bienes de consumo y materias primas en el anaquel.
  3. Garantía de seguridad jurídica y libre tránsito: El fallo ratifica el marco constitucional aduanero y tributario al prohibir la superposición de impuestos o cobros locales no previstos en las leyes nacionales, blindando las reglas del juego para importadores, exportadores y operadores logísticos.

Con información Alberto News

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