Luego que se anunciara el indulto presidencial por el régimen de Maduro, en Núcleo Noticias consultamos con varios abogados el sustento legal del proceso y todos coincidieron que la medida anunciada no tiene hacedero legal.
Indulto procesal
El abogado penalista Omar Mora Tosta se pronunció sobre el indulto otorgado por el régimen de Maduro a 111 venezolanos que se encontraban privados de libertad, en el exilio o refugiados en embajadas y aseguró que a pesar de estar estipulado en el artículo 236 de la Constitución de la República de Venezuela numeral 19, hay que evaluar algunas consideraciones:
- El grupo de personas beneficiarias son presos políticos: Su detención fue arbitraria ser beneficiarios a esta decisión avalada en el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), finiquitaría la acción penal y cualquier medida de cohesión personal que tuviera la persona, ya sea privado de libertad en su casa o en cualquier centro de reclusión.
- La orden que los encarceló es política, así como la orden que los excarcelará.
«Esta situación hay que analizarla con mucho detenimiento y con mucha reserva»
Recomendó que los abogados analicen muy bien cada uno de los casos de sus defendidos, en caso de ser beneficiados porque hay personas que estaban procesadas penalmente, otros sentenciados y otros detenidos arbitrariamente, sin siquiera estar presentados ante las autoridades.
Mora Tosta recordó que antes se contemplaba el perdón a los condenados, pero el nuevo COPP se pudiera conceder un indulto a una persona que pleno proceso judicial.
«En el anterior proceso penal venezolano el indulto presidencial solo contemplaba el perdón de los condenados, pero en esta nueva fase del COPP (…) tanto la amnistía como el indulto en cualquier estado y grado del proceso o del cumplimiento de la pena, extinguirá la acción penal o la pena»
Sobre el caso del diputado Freddy Guevara, que es uno de los beneficiarios, Mora Tosta como su abogado defensor recordó que al parlamentario de Voluntad Popular se le allanó la inmunidad parlamentaria y se le irrespetó su investidura como vicepresidente de la AN. Posteriormente se le realizó un proceso ilegal, írrito y violatorio de todos sus derechos.
Al ser consultado sobre la posibilidad que el parlamentario abandone la residencia del embajador de Chile, en donde permanece desde hace más de dos años, Mora Tosta aseguró que se están evaluando todas las vértices que trae este indulto otorgado por el régimen de Maduro.
«Cabe un sobreseimiento»
En conversaciones con Joel García, abogado penalista venezolano, aclaró que no cabe un indulto en los casos señalados porque los beneficiarios no tienen condenas, lo que cabe legalmente es el sobreseimiento de la causa.
«El indulto es una figura de perdón a una condena, en este caso no hay tal pena», dijo el jurista
Según García, en Venezuela se ha desnaturalizado la figura del indulto y se otorgan indulto a procesados.
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«El problema está en lo siguiente: si tú eres inocente de un hecho, además hay un principio de presunción de inocencia, ¿qué me vas a perdonar?»
Puntualizó que en este caso, lo que cabe desde el punto de vista jurídico es el sobreseimiento de la causa ya que este puede operar porque la persona no cometió el hecho o porque el hecho no se cometió, es decir, no existe el hecho.
«Esta figura lo que quiere hacer ver es que Maduro perdonó a unas personas que son responsables de algo, pero en este caso lo que cabría, es el sobreseimiento».
En el caso del diputado Henry Ramos Allup, el jurista explicó que se «supone que tiene una causa o un proceso abierto y se estaría perdonando», puntualizó García, quien aclaró que ese mismo perdón aplicaría para los diputados que están en el exilio y los refugiados políticos.
«Terminarán presos»
El abogado Cipriano Heredia también cuestionó el indulto presidencial y alertó que una estrategia del régimen pudiera ser encarcelar a las personas que están fueran del país y que regresarían toda vez que fueron beneficiados con el indulto.
Sobre esta manera de actuar, Heredía recordó que su abuelo peleó en la Revolución Libertadora contra Castro en 1902 y 1903.
«Sobrevivió todas las batallas, incluyendo la última en Ciudad Bolívar, tras la cual logró evadir la captura y tiempo después salió de polizón en un barco por el Orinoco hacia Trinidad. Allí estuvo exiliado hasta que Castro decretó una Amnistía General varios meses después. Se vino a Venezuela y lo detuvieron llegando, y estuvo preso hasta 1909 en el Castillo de Puerto Cabello».
Ante esta anécdota familiar, el abogado alertó para finalizar:
«Quien se venga del exilio creyendo en esta jugada, casi seguro terminará preso en poco tiempo».
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