Casi dos décadas después de su promulgación en 2007, el Ejecutivo venezolano firmó finalmente el reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La medida se concretó durante un acto en el Palacio de Miraflores, donde también se formalizó la reglamentación de otros tres instrumentos legales orientados a la protección de sectores vulnerables.
La presentación de los textos legales estuvo a cargo de la «mesa de mujeres» del Programa para la Paz y Convivencia Democrática. Junto al instrumento enfocado en la prevención de la violencia de género, se suscribieron los reglamentos de las leyes para la protección de personas del espectro autista, la atención a los adultos mayores y la prevención del abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.
Refugios en todo el país y respuesta a una «deuda histórica»
Durante la actividad, la directiva de la organización Más Iguales, Iris de Franca, calificó el hecho como la salvedad de una deuda histórica pendiente desde la promulgación del texto normativo original. La abogada destacó que el borrador final fue elaborado mediante el diálogo entre el sector oficialista y diversas organizaciones feministas como Cedesex y Tinta Violeta.
Atendiendo a la solicitud formulada por de Franca, la vicepresidenta ejecutiva, Delcy Rodríguez, ordenó la reactivación y ampliación de la red de casas de abrigo para víctimas de violencia de género, instruyendo que se instalen de manera inmediata en todos los municipios del país con el soporte de la Gran Misión Venezuela Mujer.
«Que ninguna mujer víctima de violencia sienta que está sola o abandonada«, enfatizó Rodríguez en su intervención, donde también hizo un llamado a dirimir las diferencias políticas en sus espacios correspondientes y mantener la unidad en la agenda social.
Evolución legal y peticiones de reforma
La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ha sido objeto de dos reformas desde su entrada en vigencia en 2007:
- Noviembre de 2014: Incorporó la tipificación del delito de femicidio.
- Diciembre de 2021: Amplió los tipos penales para abarcar la violencia informática, política, mediática y obstétrica, además de ordenar su inclusión en el Código Orgánico Procesal Penal.
Pese al avance que representa la reglamentación, de Franca señaló que la agenda legislativa requiere actualizaciones urgentes. Entre ellas, planteó la necesidad de tipificar la violencia vicaria, profundizar en los conceptos de violencia digital y política, adaptar los protocolos de denuncia para frenar la revictimización y reformar el registro de organizaciones de la sociedad civil.
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